CONCORD Europa acoge con satisfacción una serie de aspectos del nuevo pacto sobre migración y asilo presentado por la Comisión Europea el 23 de septiembre de 2020. Si bien entendemos que la prioridad de la Comisión Europea es restablecer la confianza entre los Estados miembros de la UE en la política migratoria, nos gustaría enfatizar que solo se puede lograr una política migratoria creíble si también se respetan las convenciones internacionales sobre derechos humanos. Si bien algunas propuestas van en la dirección correcta para proteger los derechos de las personas en movimiento, a CONCORD le preocupa que el nuevo pacto también incluya elementos que no están alineados con los objetivos de cooperación al desarrollo o las normas de derechos humanos.

En muchos casos, las migraciones forzosas son una respuesta a problemas a los que Europa contribuye, como los conflictos agravados por el comercio de armas y la competencia por los recursos naturales, las relaciones macroeconómicas injustas y el cambio climático. Por consiguiente, abordar las causas fundamentales de las migraciones forzosas debería significar que la UE examine las repercusiones de sus políticas en la capacidad de los países para implementar la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. La coherencia de las políticas para el desarrollo (CPD) es un requisito del Tratado de la UE[1], pero las pruebas demuestran que la perspectiva de la CPD no se aplica suficientemente a la formulación de políticas de la UE[2]. Lamentablemente, este es también el caso del nuevo pacto sobre la migración y el asilo.

La migración puede desempeñar un papel positivo para el desarrollo sostenible tanto en Europa como en los países en desarrollo. CONCORD pide una política de migración de la UE que logre un mejor equilibrio entre los derechos de los migrantes y los intereses de los países socios y los Estados miembros de la UE que la actual propuesta de la Comisión Europea. En este contexto, CONCORD presenta algunas observaciones preliminares sobre el pacto,  centrándose particularmente en la dimensión externa: Capítulo 6 “Trabajar con nuestros socios internacionales”.

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Lo que nos gusta del Nuevo Pacto sobre Migración y Asilo

Capítulo 6 (introducción): CONCORD reconoce el desafío de garantizar que las políticas de migración de la UE contribuyan al desarrollo sostenible en los países de origen, tránsito y destino. Por lo tanto, agradecemos las referencias a los impactos positivos de la migración, mencionando que «las políticas migratorias que funcionan bien redundan en interés de los países socios, la UE y los propios refugiados y migrantes (sic)». Un enfoque coherente de la migración considera los flujos migratorios regulares como un activo para lograr la reducción de la pobreza y el desarrollo sostenible, por ejemplo, a través de remesas económicas y sociales, la «captación de cerebros», la participación de la diáspora y los efectos positivos en el comercio y la inversión.

Capítulo 6.2: Como el mayor donante de ayuda al desarrollo (AOD) del mundo, la UE desempeña un papel clave para abordar las necesidades humanitarias y de emergencia. CONCORD celebra que la UE mantenga su «firme compromiso de prestar apoyo para salvar vidas a millones de refugiados y personas desplazadas, así como de fomentar soluciones sostenibles orientadas al desarrollo«[3].

CONCORD reconoce el desafío al que se enfrenta la Comisión Europea para unir las opiniones muy diferentes de los Estados miembros de la UE con respecto a la migración y el asilo. Si bien acogemos con satisfacción el reconocimiento de que la migración y el asilo son responsabilidad de toda Europa, animamos a la Comisión Europea a que no sólo hable de la solidaridad entre los Estados miembros de la UE, sino que extienda esa solidaridad también a las personas (migrantes y solicitantes de asilo) de países no pertenecientes a la UE.

Lo que puede mejorarse con el nuevo Pacto sobre la Migración y el Asilo

Capítulo 6 (introducción): El nuevo pacto establece que «la migración es fundamental para las relaciones generales de la UE con países socios clave de origen y tránsito[4]«. CONCORD reitera que es importante mantener un enfoque centrado en las personas en cualquier política de migración de la UE y reconoce los esfuerzos de la Comisión Europea para adoptar este enfoque en el nuevo Pacto. No obstante, sigue siendo crucial tener presente que la migración es un elemento clave del desarrollo sostenible, pero no el único factor decisivo para lograrlo. No lograremos (o no lograremos) el desarrollo sostenible sólo abordando la migración.

Los “acuerdos integrales, equilibrados y hechos a medida” mencionadas en el nuevo pacto, deben basarse en los principios de derechos humanos, la Agenda 2030 y el pacto mundial sobre la migración. En estos acuerdos, la gobernanza de la migración debe ser coherente con otras acciones exteriores de la UE, respetando los derechos humanos y sin dejar a nadie atrás como se estipula en la Agenda 2030.

Es importante mantener un enfoque centrado en las personas

Capítulo 6.1: CONCORD Europa está de acuerdo en que el enfoque de la migración de la UE necesita «desplegar una amplia gama de instrumentos de política, y tener la flexibilidad de estar adaptado y poder ajustarse con el tiempo». Las diferentes políticas, como la cooperación para el desarrollo, la seguridad, los visados, el comercio, la agricultura, la inversión y el empleo, la energía, el medio ambiente y el cambio climático, y la educación, no deben tratarse de forma aislada[5]«. Sin embargo, para superar el aislamiento de los diferentes instrumentos de política hay que adoptar un enfoque de coherencia de políticas para el desarrollo sostenible, reconociendo la centralidad del desarrollo sostenible y entendiendo cómo la migración podría mejorarse para el bienestar de las personas en los países en desarrollo y Europa juntos. Esto debería ser el núcleo de una asociación verdaderamente beneficiosa para todos.

Capítulo 6.6: CONCORD Europa también recibe la intención de apoyar las vías legales hacia Europa. Esto incluye el requisito de fortalecer los reasentamientos, aunque se podría hacer más para alinearlos con la estrategia trienal del ACNUR 2019-2021[6]. También acogemos con beneplácito la declaración de «incluir vías complementarias de protección, como planes de admisión humanitaria y medidas como planes relacionados con el estudio o el trabajo». También acogemos con agrado la declaración de «incluir vías complementarias a la protección, como los planes de admisión humanitaria y medidas como los planes de estudio o relacionados con el trabajo». Sin embargo, en este contexto, se debe dar prioridad a los grupos que se han vuelto vulnerables, como las niñas y los niños no acompañados y las familias con hijas e hijos menores, las mujeres, y las personas con discapacidad.

Lo que debería eliminarse del Nuevo Pacto sobre la Migración y el Asilo

Capítulo 6.1: El volumen del objetivo de gasto en migración del 10% del Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional (NDICI, por sus siglas en inglés), es excesivo y no tiene ningún fundamento en los tratados o acuerdos internacionales. La Comisión no debería referirse al objetivo del 10% antes de un Marco Financiero Plurianual (MFF por sus siglas en inglés) finalizado y acordado. Esto puede ser considerado como un intento de la Comisión de atar las manos de las negociaciones del MFF. Por lo tanto, el objetivo de gasto debería eliminarse o reducirse el porcentaje para garantizar un enfoque de desarrollo equilibrado de la migración en todo el texto. En el Pacto también se dice que «los instrumentos financieros externos de la UE también prevén flexibilidades adicionales para responder a circunstancias o crisis imprevistas». Aunque es posible en el colchón de flexibilidad del NDICI utilizar fondos para abordar la «presión migratoria», la Comisión Europea no debería planear ya asignar estos fondos al pacto, ya que se supone que también estarán disponibles para situaciones de crisis y posteriores a la crisis.

Capítulo 6.3: La Comisión Europea afirma que «la asistencia se dirigirá según sea necesario a aquellos países con una dimensión migratoria significativa». Esto podría tener un efecto de desvío en la distribución de la ayuda de la UE. CONCORD defiende que los criterios para la asignación de la AOD de la UE entre regiones y países deben ser justos, objetivos y estar basados ​​en las necesidades de los países socios (con un enfoque en los países menos desarrollados). No debería haber ninguna desviación de la financiación de los países y regiones pobres a los países de origen o de tránsito de los migrantes por el solo hecho de que se encuentren en una ruta migratoria. Además, parecería que los vecinos de la Unión Europea son una prioridad particular que prescribe qué países deberían recibir ayuda. Esto no cumple los criterios mencionados.

CONCORD pide que se evalúen claramente las repercusiones en la movilidad de las personas en los países en desarrollo

Capítulo 6.4: En cuanto al mayor ámbito de acción de Frontex, CONCORD pide que se evalúen claramente las repercusiones en la movilidad de las personas en los países en desarrollo. Dicha evaluación debe aclarar cuáles podrían ser las consecuencias potenciales para los migrantes y sus derechos humanos a lo largo de la frontera exterior con un papel reforzado de Frontex. En este contexto, y en relación con el presupuesto asignado a determinadas empresas para gestionar las fronteras, es aún más importante investigar quién podría beneficiarse de las oportunidades comerciales que surjan en relación con una gestión reforzada de las fronteras de la UE[7].

Capítulo 6.5: El Pacto menciona que “cuestiones migratorias como la gestión de fronteras o una implementación más eficaz del retorno y la readmisión pueden ser políticamente sensibles para los socios”. Además, la sección que se centra en la cooperación en materia de readmisión con terceros países indica que estos debates deben considerarse en el «contexto de toda la gama de políticas, herramientas e instrumentos de la UE y los Estados miembros», lo que también implica que las políticas de cooperación para el desarrollo pueden utilizarse en el contexto de la promoción de la readmisión y la reintegración. CONCORD se opone firmemente a la aplicación de la condicionalidad a la ayuda al desarrollo para los países socios, basada en su cumplimiento de los retornos y readmisiones, la gestión de la migración y el control de fronteras. Limita los progresos en materia de desarrollo sostenible a un marco estrecho que mide el éxito en función del número de salidas y retornos, e ignora las valiosas contribuciones de la movilidad humana al desarrollo y la resiliencia.

Capítulo 6.6: La asociación de talentos introducida en el nuevo pacto podría tener graves efectos negativos en los países socios. Se corre el riesgo de agotar a los países socios de sus propios talentos y promover una fuga de cerebros, solo para beneficiar a Europa. Esta es una fuente potencial de mayor desigualdad y discriminación. La UE debería abstenerse de elegir quién satisface mejor las necesidades de la UE, sin tener en cuenta los efectos que tiene en el país de donde sale el talento. Además, esto plantea interrogantes sobre cómo la UE pretende abordar la movilidad de baja calificación y configurar programas para inmigrantes sin conjuntos de habilidades de alto perfil. Es particularmente preocupante que Europa esté aprovechando su poder económico, financiero y político para incentivar a los talentos de algunos de los países más pobres del mundo para que abandonen su país de origen.

A fin de evitar los efectos negativos mencionados anteriormente en nuestros países asociados, CONCORD alienta a los Estados miembros a que tengan en cuenta estas consideraciones. Si se descuida la dimensión de cooperación para el desarrollo en el nuevo pacto , con el tiempo se podría socavar la consecución de los objetivos sociales, ambientales y económicos a largo plazo, definidos en la Agenda 2030, tanto dentro como fuera de la UE.

[1] Policy Coherence for Development (PCD) is recently rooted in Article 208 of the Lisbon Treaty (2009) and reiterated in the European Consensus on Development (2017)

[2] See the CONCORD report The impact of EU policies in the World (2017) or the subsequent briefing The impact of EU policies in the world – one year on (2018)

[3] Page 19 in the New Pact on Migration and Asylum

[4] Page 17 in the New Pact on Migration and Asylum

[5] Page 17 in the New Pact on Migration and Asylum

[6] https://www.unhcr.org/5d15db254.pdf

[7] See for example the Transnational Institute Report on the lucrative business of borders

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