¿Cómo obtener FINANCIACIÓN para nuestros cursos?

 

Las empresas disponen de un crédito para la formación de sus trabajadores y trabajadoras, que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada dicha formación (Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo).

Dicho crédito o cuantía para formación que se asigna a cada empresa, está en función de su plantilla y se fija teniendo en cuenta el importe ingresado por las empresas en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior, mediante la aplicación a dicho importe de un porcentaje de bonificaciones que se fija en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada ejercicio.

Es importante aclarar que esta bonificación no es una subvención directa que se entrega a la empresa/organización, si no que esa entidad paga el curso (según la forma de pago que marca el centro de formación y la cantidad que se vayan a bonificar), y se lo descuenta en el pago de sus seguros sociales al finalizar la formación; por tanto, recupera lo que ha invertido En cualquier caso, la empresa/organización debe autorizar el disponer de dicho crédito.

Los empleados/as de las Administraciones públicas y personal autónomo no pueden beneficiarse del sistema de bonificaciones.

Requisitos para solicitar la bonificación en nuestros cursos

  • La persona que va a realizar el curso ha de ser trabajador/a en activo y estar acogido/a al Régimen General de la Seguridad Social
  • Cumplimentar la inscripción en el curso según las instrucciones indicadas por La Coordinadora
  • Formalizar el pago del curso una vez que la inscripción ha sido admitida.  En La Coordinadora disponemos de una entidad colaboradora para el tema de las bonificaciones. La entidad interesada, puede enviar un correo a la dirección bonificaciones@vfp.es . A su recepción, se le indicará el crédito del que dispone su entidad para el ejercicio en curso y la cantidad que podrá bonificarse por la impartición del curso que va a realizar. Los trámites que realice esta entidad también entran en la bonificación, siempre que la empresa/organización tenga crédito disponible.

Requisitos que tiene que reunir la empresa/organización

  • Tienen derecho a acogerse todas las empresas/organizaciones que tengan centros de trabajo en el territorio del Estado español, cualquiera que sea su tamaño o ubicación, que desarrollen formación para sus trabajadores/as y que coticen por la contingencia de formación profesional a la Seguridad Social.
  • Estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social y Hacienda.
  • Seguir las instrucciones necesarias que le haremos llegar a la finalización del curso, para presentar los Seguros Sociales aplicando la bonificación y la forma correcta de contabilizar el gasto por formación continua.

Si deseas recibir información sobre las bonificaciones que tu organización podrá aplicarse en las cotizaciones a la Seguridad Social por la realización de nuestros cursos envía un correo a  bonificaciones@vfp.es o infórmate en los teléfonos: 917587583/639162982

 

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