Los gobiernos y actores implicados en conflictos como los que afectan a Irak, Nigeria, Palestina, República Centroafricana, República Democrática del Congo, Siria, Sudán del Sur o Yemen deben garantizar el Derecho Internacional Humanitario, proteger a la población civil y promover procesos de diálogo que contribuyan a la construcción de la paz
Millones de víctimas en todo el mundo. Las guerras están causando la muerte de cientos de miles de personas, el desplazamiento de millones, la destrucción de ciudades enteras, la inestabilidad permanente de amplias regiones del planeta y el avance hacia un futuro incierto con cimientos de barro que se hunden en complejos conflictos. Los niveles de brutalidad son despiadados; los índices de sufrimiento humano, insoportables.
Incluso las guerras tienen normas, aunque no se cumplen. Asistimos a una violación sistemática e impune del Derecho Internacional Humanitario. Escuelas y hospitales son bombardeados; se bloquean los corredores humanitarios, el paso de la ayuda, de los alimentos… Y así, la asistencia humanitaria se hace imposible allá donde más se necesita. La población civil, blanco de los ataques de todas las partes implicadas, queda absolutamente abandonada.
Esta violación es especialmente grave en el caso de mujeres, niñas y niños. Son víctimas de muertes y mutilaciones, secuestros, actos de violencia sexual, reclutamiento por fuerzas y grupos armados. Según el Índice de Derechos de Mujeres y Niñas, ambos colectivos se encuentran “en riesgo extremo” en 80 países, entre ellos, Nigeria, República Democrática del Congo, Sudán y Siria.
La violación de las normas que rigen los conflictos alcanza niveles escandalosos. La utilización de armas químicas viola flagrantemente la legislación internacional que prohíbe su uso. Las consecuencias que tales armas tienen sobre la vida y la salud de las personas son gravísimas. Las intervenciones militares unilaterales y directas de unos países sobre el territorio de otros, sin contar con el consenso de la comunidad internacional en el seno de Naciones Unidas, son muy peligrosas y minan profundamente la capacidad del Consejo de Seguridad de promover procesos alternativos a la guerra.
El cumplimiento escrupuloso e inmediato de la legislación en materia de Derecho Humanitario es imprescindible. El fomento de procesos de diálogo, también. Experiencias como la de Colombia demuestran que la conversación entre las partes deriva en acuerdos y en el camino hacia la paz
Por todo ello, exigimos que:
Las partes implicadas respeten escrupulosamente el Derecho Internacional Humanitario; el cumplimiento de la ley debe ser garantizado.
Se respete al Derecho Internacional Humanitario, específicamente el IV Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra.
Según ese IV convenio de Ginebra, se garantice el acceso sin restricciones, constante y seguro para que las organizaciones humanitarias brinden asistencia a las personas que la necesitan.
Se persigan las violaciones del Derecho Internacional Humanitario través de la Corte Penal Internacional y demás tribunales competentes”.
Se proteja a las personas prisioneras de guerra, según los Convenios de Ginebra.
Finalicen de manera inmediata los ataques a infraestructuras civiles y convoyes humanitarios. La seguridad en escuelas y hospitales debe ser garantizada.
Se garantice la libertad de movimiento para la población civil y se produzca un cese inmediato de los asedios en todas partes.
Los gobiernos y actores implicados en los conflictos deben fomentar los procesos de diálogo y construcción de paz para garantizar la finalización de la guerra y la consolidación de la paz. Procesos en los cuales la perspectiva de género ha de estar incluida en todas las esferas y en los que se debe promover la representatividad de las mujeres.
Los acuerdos internacionales en materia de comercio de armas y utilización de armas químicas deben cumplirse rigurosamente.
Cumplimiento de la Resolución 1325, donde se encuentran las bases para la labor en materia de género y mantenimiento de la paz.
Cumplimiento de la Resolución 2122, que hace hincapié en la rendición de cuentas sobre la aplicación de la Resolución 1325 y la importancia de la participación de las mujeres en todas las fases de la prevención de conflictos, resolución y recuperación.